19 junio 2013

Todos somos peatones!!!

Muchas veces tratamos temáticas vinculadas a la conducción segura de vehículos, pero no menos importante resulta la forma de conducirse de los peatones. Si bien el riesgo que aporta un vehículo a la circulación, hace que la mayor responsabilidad recaiga sobre quien conduce, también es cierto que una conducta irresponsable y en ciertos casos temeraria de los peatones, aporta una cuota mayor de inseguridad vial al tránsito.

Recientemente un fallo judicial (Sala D - Cámara Civil), rechazó la demanda de un peatón que fuera atropellado por un colectivo, debido a que según los jueces habría cruzado mal la calle.

El hombre que fue atropellado por un colectivo demandó a la empresa de transporte, pero la justicia rechazó su planteo porque estaba cruzando por fuera de la senda peatonal.

Las previsiones que establece la actual norma de tránsito, respecto a los peatones, indica entre otras cuestiones las siguientes:
“El hombre debe preservarse de los peligros del tránsito y actuar con cuidado y prudencia”
“El cruce de una calle o camino significa insertarse en un ámbito de potencial peligro”
“El peatón debe tener conciencia de su fragilidad”

El cruce de la calzada debe realizarse por los pasos peatonales demarcados o en su defecto por la prolongación longitudinal de las aceras, observando las siguientes pautas:

Si se trata de una intersección semaforizada, hacerlo de acuerdo a las indicaciones del semáforo.

Si no existiera semáforo para peatones pero la circulación de vehículos estuviera regulada por el agente de tránsito, no penetrarán en la calzada mientras la señal del mismo permita la circulación de vehículos por ella.

Cuando atraviesen la calzada, deben evitar hacerlo en diagonal y demorarse o detenerse en ella.

Se deben obedecer las indicaciones de los agentes de control del tránsito, personal de apoyo vial, promotores voluntarios de seguridad vial y las señales de los dispositivos de regulación y control del tránsito.

Existiendo cruces fuera de nivel para atravesar las calzadas, utilizarlos obligatoriamente.

No invadir la calzada para acceder o para esperar vehículos del transporte público de pasajeros, ni hacerlo fuera de los lugares destinados a las paradas.

No circular en ningún caso por vías férreas ni en sus adyacencias y, al atravesarlas, hacerlo sólo por los sectores destinados a ello. Si se trata de un paso a nivel con barreras y estas se encuentran bajas, extremar las precauciones evitando el cruce si no existe buena visibilidad hacia los lados de donde pueda provenir el tren.

Efemérides:
1 - ¿A qué velocidad se desplaza un peatón cuando camina normalmente? A 5 km/h. aproximadamente.
2 - ¿Cuándo un conductor está obligado a ceder el paso a los peatones? Cuando crucen por sendas peatonales o zonas destinadas a ello.

3 - El 13 % de los accidentes graves (con muertos y heridos) en Argentina corresponden a atropellos a peatones.